Desconexión digital. Todo lo que debes saber
Actualizado: 11 agosto, 2023
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La desconexión digital
¿Qué es la desconexión digital?
El término desconexión digital se ha extendido desde hace un tiempo y, más ahora, en la época del teletrabajo, donde los límites entre vida personal y laboral son cada vez más difusos y la conciliación con la vida familiar es una cuestión delicada. Entendemos por desconexión digital es el derecho de los trabajadores a no recibir comunicaciones por vía digital, ya sea whatsapp, mail o llamadas telefónicas fuera de su horario laboral o en momentos de descanso, vacaciones, licencias o permisos. En sentido estricto diríamos que es el derecho a no contestar esas comunicaciones, ya que la empresa podría mandar un mensaje en esos horarios, pero el empleado puede no contestar hasta que no comience su jornada laboral. El objetivo al final no es otro que garantizar el tiempo de descanso y vacaciones de los trabajadores.
Aunque en algunas empresas esto era un aspecto bien regulado y que se entendía así, con la llegada del teletrabajo las empresas deben estructurar protocolos de actuación sobre la desconexión digital y cómo debe ser la política de comunicación interna, tanto de los empleados como de los cargos directivos. Así, se deberían regular aspectos como el modo de ejercer el derecho a la desconexión, así como acciones de formación y/o sensibilización del uso de dispositivos móviles para evitar el estrés que puede llegar a provocar el estar siempre hiperconectados. Evidentemente, esto está muy unido al control horario de los trabajadores y a la obligación de registro de la jornada laboral. Con una app de control horario, de manera sencilla, se podrá tener constancia en tiempo real de:
- Horarios de trabajo
- Tiempos de descanso
- Ausencias Previstas
- Centros de trabajo
- Vacaciones
Legislación de la desconexión digital
En la regulación de los convenios nos encontramos que apenas hay referencias a la desconexión digital, ya que sí se encuentran indicaciones sobre tiempos de presencia pero casi no encontramos regulaciones en torno a la prohibición de las comunicaciones fuera del horario laboral.
En la legislación española, por un lado lo encontramos en el Estatuto de los Trabajadores:
Artículo 20 bis. Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión.
Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
y encontramos este punto regulado en el artículo 88 de la LOPD. El texto fija los siguientes puntos:
«Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas.»
Sin embargo no ha se ha reglamentado de forma completa para que se pueda aplicar de manera efectiva, ya que hay relaciones laborales en la que por la misma naturaleza de ésta no da lugar a aplicar este derecho. En el teletrabajo habría que determinar muy bien lo que se considera como horario de trabajo y tiempo de descanso, pudiéndose efectuar comunicaciones en el primer caso y limitando las mismas en el segundo. Sin duda, una delgada línea difícil de trazar y que debería de quedar determinada por el contrato de trabajo o la negociación colectiva, como ya regula el Real Decreto-Ley 28/2020.
A día de hoy el derecho a la desconexión digital está reconocido en un 11% de los convenios colectivos de los que se firmaron una vez aprobada la ley.
La desconexión digital en Europa.
La voluntad de la Unión Europea es que este derecho se vaya regulando en cada uno de los países, es bien conocido que Francia ha sido el primero en crear una ley sobre la desconexión digital y desde 2016 forma parte de su marco regulador de las relaciones laborales. El Parlamento Europeo ha aprobado pedir a la Comisión que proponga una ley que permita a quienes trabajan digitalmente desconectarse fuera de su horario laboral. Algo que incluiría el poder apagar sus dispositivos electrónicos durante las horas no laborales y las vacaciones. También debe establecer requisitos mínimos para el trabajo a distancia y aclarar las condiciones de trabajo, los horarios y los períodos de descanso.
En su resolución afirman que hace 20 años apenas ningún trabajador era contactado por su empresa fuera del horario laboral, pero con la llegada de las nuevas formas de comunicación el contacto tras la jornada laboral o en los días de descanso se ha convertido en la norma en lugar de la excepción. El informe de la Unión Europea afirma que de forma habitual es considerado como factor de consideración del trabajador o un índice de productividad el estar conectado más allá de sus horas de trabajo, y precisamente esto es lo que se pretende deslegitimar.
Con el teletrabajo que ha sido necesariamente fomentado durante la pandemia, aseguran que las personas que trabajan desde casa tienen el doble de posibilidades de trabajar más que si lo hicieran de manera presencial, por lo que instan a los países miembros a legislar sobre el derecho a la desconexión digital, contemplando al menos los siguientes puntos:
- No se puede exigir al trabajador estar disponible fuera de sus horas de trabajo.
- Los compañeros deben evitar ponerse en contacto entre sí por razones laborales.
- Se debe proteger a quien invoca su derecho a la desconexión.
- Deben erigirse métodos para reclamar este derecho.
- La formación y/o aprendizaje debe considerarse tiempo de trabajo y como tal debe hacerse dentro del horario laboral.
Cómo aplicar la desconexión digital en la empresa
Según un estudio de un conocido portal de empleo, el 67% de los empleados atiende comunicaciones del plano laboral fuera de su horario de trabajo y más de un 30% de los encuestados afirmaban que desconectaban peor desde que estaban teletrabajando. Implantar el derecho a la desconexión, fomentarla entre los empleados y motivarlos para llevarlo a cabo, no solo es cumplir con un derecho de los colaboradores, sino que además será percibido como un valor añadido de la empresa y reforzará la imagen de marca.
Fichar para desconectar.
Aprovechando que la obligación de control y fichaje por parte de todos los trabajadores de la empresa es más que una realidad, tener una aplicación de registro horario que facilite la labor va a ser de gran ayuda a la hora de implementar la desconexión digital. Es una herramienta útil y sencilla para gestionar el control de presencia, pero también las vacaciones, las ausencias, de tal forma que el responsable de cada departamento sabrá en cada momento quién está en su puesto de trabajo (en presencia o en remoto) y se pueden detallar tanto retrasos como excesos de la jornada laboral.
Desde la empresa es importante fomentar la desconexión digital ya que de esa manera trabajaremos con un equipo más descansado, más productivo y hasta más creativo. Las normas y procedimientos que se establezcan resulta de vital importancia que se haga mediante un acuerdo entre los trabajadores y la empresa. Algunas normas básicas a seguir.
- No establecer reuniones fuera del horario laboral o ponerlas en un horario cercano al cierre de la jornada.
- Establecer un horario para los mails
- Escoger sistemas de gestión eficaces, como una aplicación de control de jornada.
- Fomentar el descanso fuera del horario de trabajo.
Sanciones relativas a la desconexión digital
La Inspección de Trabajo, en diferentes provincias, ha lanzado avisos sobre las comunicaciones que hacen las empresas a los trabajadores fuera de su horario de trabajo, ya que se han detectado en muchos casos y recuerda que enviar estos mails o comunicaciones fuera de horario (salvo que se indique expresamente que no se deben contestar hasta que empiece el horario laboral) constituyen una infracción grave de la legislación laboral con multas y sanciones que van desde los 626€ hasta los 6250€. Si estas acciones conllevan temores de los trabajadores a tener represalias o un impacto negativo en su valoración laboral o incluso en su sistema remunerativo, pueden ser consideradas como muy graves, lo que nos llevaría a sanciones de entre 6251€ a 187000€, según una sentencia dada en Tarragona.
Para terminar. solo me gustaría recordar que «Casi todo vuelve a funcionar cuando lo desconectas y lo vuelves a conectar», incluso tú.
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